Doctor, el padre de mi hijo por resolución judicial perdió la patria potestad. A pesar de ello, ¿puedo iniciarle una demanda de alimentos?
RESPUESTA: Sí le puede iniciar un proceso de alimentos y, según el artículo 94 del Código de los Niños y Adolescentes, en caso de suspensión o pérdida de la patria potestad, la obligación alimentaria continúa y subsiste.
Teléfono: 99817-4314 Correo: abogadocarpier@gmail.com
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