Doctor, ¿me podría explicar en qué juzgado se ventilan los procesos de reducción de alimentos?
Respuesta: Es competente, conforme a la Ley 28439, en los juzgados de paz de cada distrito, donde también se conocen las demandas de aumento, exoneración, extinción y prorrateo (cuota) de alimentos, sin perjuicio de la cuantía de la pensión, la edad o la prueba sobre el vínculo familiar salvo que la pretensión alimentaria se proponga accesoriamente a otras pretensiones. Teléfono: 9817- 4314 Correo: abogadocarpier@webperu.net
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